Tipo de cambio 09/02/2026 (SUNAT): Compra S/ 3.355 - Venta S/ 3.363 |
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Nota Económica de la Semana
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Normas legales
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EJECUCIÓN DE MULTAS DEL OSIPTEL CON GARANTÍA ECONÓMICA |
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DECRETO LEGISLATIVO N° 1718 |
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Se modifica la Ley N° 27336 del OSIPTEL para evitar que las empresas paralicen por años el cobro de multas firmes solo por presentar una demanda judicial. La norma busca reforzar la autoridad sancionadora del regulador y asegurar que las sanciones se cumplan oportunamente, protegiendo a los usuarios y la continuidad de los servicios de telecomunicaciones. Con la incorporación del artículo 35-A, se establece que las multas son ejecutables cuando quedan consentidas o se agota la vía administrativa, y que la ejecución coactiva solo se suspende si, además de demandar, la empresa entrega una carta fianza a favor del OSIPTEL por el monto correspondiente, con condiciones estrictas (banco supervisado por la SBS, ejecución inmediata, vigencia y renovación). OSIPTEL debe aprobar normas complementarias en 90 días hábiles y la medida aplica a nuevos procedimientos sancionadores.
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MEJORA DE IDENTIFICACIÓN DE EXTRANJEROS EN CONTRATACIONES |
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DECRETO LEGISLATIVO N° 1720 |
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Se modifica el Decreto Legislativo N° 1350 (Migraciones) para reforzar la verificación de identidad de personas extranjeras cuando contratan o acceden a servicios en el Perú, tanto en entidades públicas como privadas. La finalidad es reducir riesgos de suplantación y fraude documental, y facilitar la detección de personas con antecedentes, como parte de las medidas contra la inseguridad y el crimen organizado. La norma obliga a que se reconozcan los documentos de identidad emitidos por MIGRACIONES y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, y precisa que dicho reconocimiento debe hacerse usando mecanismos oficiales de verificación y validación que implemente la autoridad migratoria. Además, fortalece el Registro de Información Migratoria (RIM) para que MIGRACIONES pueda facilitar, de forma segura y conforme a ley, el acceso a información bajo su competencia a otras entidades públicas o privadas habilitadas.
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PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA CONTROLAR LA SUBVALUACIÓN EN IMPORTACIONES |
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DECRETO LEGISLATIVO N° 1721 |
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Se crea un procedimiento especial para que la SUNAT controle el valor declarado en importaciones para el consumo cuando existan indicios de subvaluación, con el objetivo de reducir fraudes aduaneros y asegurar el pago correcto de tributos. El procedimiento se activa por señales de riesgo (por ejemplo, valores inusualmente bajos, inconsistencias en pagos o documentación, antecedentes vinculados a delitos aduaneros o perfil de “sujeto sin capacidad operativa”). El importador tiene 30 días hábiles para sustentar el valor y, para obtener el levante, debe pagar tributos diferenciales o presentar garantía.
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REGLAS PARA IDENTIFICAR LLAMADAS Y MENSAJES Y EVITAR COMUNICACIONES ILÍCITAS |
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DECRETO LEGISLATIVO N° 1723 |
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Se establece medidas para asegurar el uso correcto de la numeración telefónica y la trazabilidad de llamadas y mensajes de texto, con el objetivo de reducir el anonimato que facilita estafas, extorsiones, fraudes y suplantación de identidad. La norma busca que se pueda verificar el número real de origen de una comunicación y frenar prácticas de enmascaramiento o manipulación de la numeración en perjuicio de los usuarios. La obligación principal recae en las empresas operadoras y en otros agentes que intervienen en el enrutamiento de comunicaciones: deben implementar mecanismos técnicos y operativos para impedir el progreso de comunicaciones con fines ilícitos, advertir a usuarios sobre este tipo de tráfico y facilitar la identificación del origen. Además, deben permitir al MTC el acceso y monitoreo constante de sus redes y sistemas para verificar el cumplimiento, resguardando el secreto e inviolabilidad de las telecomunicaciones. Finalmente, el MTC queda facultado para fiscalizar, imponer medidas correctivas o cautelares y sancionar con amonestación o multa, tipificando infracciones en el reglamento, tomando como referencia la escala de multas vinculada al marco del OSIPTEL.
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LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PARA PROVEEDORES DE INTERNET EN INFRACCIONES DE DERECHO DE AUTOR |
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DECRETO LEGISLATIVO N° 1724 |
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Se modifica el D. Leg. N° 822 (Derecho de Autor) para establecer cuándo los proveedores de acceso a Internet y los proveedores de servicios digitales no serán responsables por infracciones de derecho de autor cometidas por sus usuarios. Con esto se busca mejorar la protección de la propiedad intelectual en el entorno digital y adecuarse a compromisos internacionales. La norma define a estos proveedores (acceso, caching, hosting y motores de búsqueda) y fija condiciones para acceder a la eximente, como no modificar ni iniciar la transmisión, no seleccionar contenidos o destinatarios, respetar medidas tecnológicas de protección y aplicar políticas contra infractores reincidentes. También crea un procedimiento de “notificación y retiro” con plazos, incluyendo la posibilidad de contra notificación por error, y reconoce a INDECOPI como autoridad administrativa competente, con reglas de sanción por mala fe y un plazo de 90 días para que los proveedores se adecuen.
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LINEAMIENTOS PARA MANEJO DEL 1% DE LOTERÍAS DE SOCIEDADES DE BENEFICENCIA |
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000050-2026-MIMP |
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Se aprueba los lineamientos que regulan cómo se reciben, custodian y distribuyen los recursos provenientes del 1% de la venta bruta de los juegos de lotería y similares organizados por las Sociedades de Beneficencia. Con esto, el MIMP busca ordenar el manejo de estos fondos bajo criterios y estándares homogéneos, precisando procedimientos y responsabilidades internas para asegurar una gestión adecuada orientada a la atención de población en condición de vulnerabilidad.
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ACTUALIZACIÓN DEL PDT ISC FORMULARIO VIRTUAL 615 |
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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000022-2026-SUNAT |
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Se aprueba una nueva versión del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615, para adecuarlo a la UIT vigente del año 2026. El cambio responde a la necesidad de actualizar el cálculo y declaración del Impuesto Selectivo al Consumo, especialmente en bienes como las cervezas cuyo componente específico se expresa en función de la UIT.
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