lunes 06 de julio del 2026
Durante el primer trimestre de 2026, la actividad productiva de Arequipa creció 3.9% respecto al mismo periodo del año anterior, acumulando siete [...]
Institucionales | lunes 06 de julio del 2026
Con el propósito de fortalecer las capacidades comerciales del empresariado arequipeño, la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa (CCIA[...]
Andina | lunes 06 de julio del 2026
La alta temperatura diurna en la costa y la sierra se extendería hasta el jueves 9 de julio en los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequ[...]
Correo | lunes 06 de julio del 2026
Cinco empresas interesadas en ejecutar la puesta a punto del proyecto Majes Siguas I realizarán la próxima semana una visita de campo como parte d[...]
Energiminas | lunes 06 de julio del 2026
En sesión de directorio celebrada el 22 de junio, la empresa minera Cerro Cerve acordó pagar dividendos a cuenta en efectivo por un monto total de[...]
Energiminas | lunes 06 de julio del 2026
El presidente ejecutivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet), Paolo Andrés Alzamora, participó en[...]
El Pueblo | lunes 06 de julio del 2026
Las exportaciones peruanas de frutas y hortalizas alcanzaron los US$ 2 421 millones entre enero y abril de 2026, lo que representa un crecimiento de&n[...]
Diario Viral | lunes 06 de julio del 2026
La presidenta electa, Keiko Fujimori Higuchi, recibiría un país con una macroeconomía sólida, pero con un crecimiento económi[...]
Andina | lunes 06 de julio del 2026
El boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano difunde una serie de dispositivos de interés público y de impacto para la marcha de[...]
Andina | lunes 06 de julio del 2026
La interoperabilidad obligatoria y el despliegue de infraestructuras de pagos en tiempo real dinamizan el consumo formal, reduciendo el uso de efectivo e incorp[...]
Bloomberg | lunes 06 de julio del 2026
El petróleo abrió a la baja, ante la continuidad del flujo de energía a través del estrecho de Ormuz y las señales [...]
Bloomberg | lunes 06 de julio del 2026
Aunque Argentina no figura entre los países con mayor presión tributaria total del mundo, sí encabeza un ranking menos visible: e[...]
Ley N.° 32716
2026-07-06
La Ley N.° 32716 crea el Registro Nacional de Precedentes, una plataforma digital de acceso público y gratuito que reunirá los precedentes constitucionales, judiciales y administrativos emitidos por el Tribunal Constitucional, el Poder Judicial y los tribunales administrativos. El registro será administrado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y deberá mantenerse permanentemente actualizado.
La norma busca fortalecer la seguridad jurídica mediante la sistematización y difusión de los precedentes, facilitando su consulta por parte de operadores jurídicos, entidades públicas, empresas y ciudadanos. Asimismo, dispone que las entidades emisoras remitan oportunamente los precedentes al Ministerio de Justicia para su publicación, mientras que el Poder Ejecutivo deberá aprobar el reglamento de la ley en un plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario.
Ley N.° 32708
2026-07-05
La norma modifica la Ley N.° 30479, Ley de Mecenazgo Deportivo con el objetivo de fortalecer el financiamiento del deporte de alta competencia y optimizar los incentivos tributarios para mecenas y patrocinadores deportivos. Entre los principales cambios, se amplían las actividades susceptibles de financiamiento, incorporando, entre otras, el pago de subvenciones a deportistas y entrenadores, seguros particulares, investigación en deporte y medicina deportiva, viajes y viáticos de delegaciones oficiales, así como la entrega de equipamiento homologado, prótesis deportivas y sillas de ruedas para competencias de alta competencia y paradeportivas.
Asimismo, se precisan las condiciones para acceder a los beneficios tributarios, entre ellas la obligación de contar con una calificación técnica previa emitida por el Instituto Peruano del Deporte (IPD), la prohibición de aplicar beneficios tributarios sobre una misma donación bajo más de un régimen y la exigencia de que las donaciones en dinero se efectúen mediante medios de pago bancarizados.
La norma también establece nuevas reglas de control y transparencia, extiende los beneficios tributarios hasta el 31 de diciembre de 2029 y dispone que algunas modificaciones, como la nueva deducción tributaria y la bancarización obligatoria de las donaciones en dinero, entren en vigencia el 1 de enero de 2027.
Ley N.° 32712
2026-07-05
La norma faculta a los gobiernos regionales y locales a destinar recursos para financiar infraestructura, bienes y servicios que fortalezcan la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú, mediante la suscripción de convenios que establezcan las obligaciones de las partes y el destino de los recursos. Asimismo, la ley precisa que las contrataciones deberán estar alineadas con los planes y estrategias del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y prohíbe la adquisición de armas de fuego, municiones y armas químicas o eléctricas con cargo a estos recursos.
Esta facultad también se extiende a favor de la Autoridad Marítima Nacional, permitiendo financiar proyectos de inversión e IOARR para fortalecer la seguridad en el mar, ríos y lagos navegables y la lucha contra actividades ilícitas.
El Poder Ejecutivo tiene el plazo de treinta (30) días hábiles para emitir el respectivo reglamento.
Ley N.° 32713
2026-07-05
Mediante la presente ley se declara de interés nacional y necesidad pública la conformación del “Pacto por un Perú con Agua para Todos los Peruanos”, una iniciativa orientada a articular políticas y planes para garantizar la disponibilidad, el acceso y el uso sostenible de los recursos hídricos, así como la prestación de los servicios de saneamiento al año 2030.
La norma prevé la participación de entidades públicas, gobiernos regionales y locales, así como de organizaciones de la sociedad civil, gremios, universidades y otros actores, en la elaboración del referido documento.
Resolución Ministerial N.º 00191-2026-PRODUCE
2026-07-05
Se incrementa el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) del recurso calamar gigante o pota para el año 2026, pasando de 539,230 a 589,230 toneladas, dicho límite es aplicable a las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente.
Del total autorizado, 68,218 toneladas quedan disponibles para ser capturadas entre el 6 de julio y el 31 de diciembre de 2026. Asimismo, dentro de ese límite global, se mantiene un límite específico para las embarcaciones artesanales menores de 10 m³ de capacidad de bodega de 98,411 toneladas, de las cuales 12,800 toneladas podrán capturarse entre el 6 de julio y el 31 de diciembre de 2026.
Resolución N.° 1625-2026-JNE
2026-07-05
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) proclamó oficialmente como ganadora de la segunda elección presidencial a la fórmula del partido “Fuerza Popular”, encabezada por Keiko Sofía Fujimori Higuchi, junto con Luis Fernando Galarreta Velarde como primer vicepresidente y Miguel Ángel Torres Morales como segundo vicepresidente, quienes ejercerán el mandato para el período 2026-2031.
Asimismo, el JNE oficializó los resultados finales de la segunda vuelta, en la que “Fuerza Popular” obtuvo 9’223,396 votos (50,135 % de los votos válidos) frente a 9’173,755 votos (49,865 %) de “Juntos por el Perú”.
Ley N.° 32697
2026-07-04
Se modifica la Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad con la finalidad de fortalecer la protección de los derechos de las personas con discapacidad, extendiendo dicha protección, cuando corresponda, a sus cuidadores y a las organizaciones que promueven su desarrollo e integración. Además, se dispone que el Estado promueva la creación de centros asistenciales especializados y albergues temporales, refuerce los servicios de salud mental dirigidos a las personas con discapacidad, sus familias y cuidadores, e implemente estrategias para la prevención de discapacidades, incluyendo acciones de promoción de la salud, asesoramiento genético, atención materno-infantil, prevención del consumo de sustancias adictivas y control de la contaminación ambiental.
LEY N.° 32706
2026-07-04
La ley establece medidas para impulsar el transporte marítimo de cabotaje y fortalecer la industria naval nacional. Para ello, crea un régimen temporal de incentivos tributarios que permite a las empresas navieras deducir parte de las utilidades reinvertidas en la adquisición de embarcaciones construidas en el país, la modernización de su flota, infraestructura portuaria e inversiones en astilleros, sujeto al cumplimiento de determinados requisitos y límites.
Asimismo, la norma promueve la creación de zonas económicas especiales para el desarrollo del sector, incorpora criterios de preferencia para el uso de naves de construcción nacional en determinadas contrataciones públicas, fomenta el acceso a financiamiento mediante COFIDE y el Fondo MIPYME, incentiva la incorporación de tecnologías limpias y modifica la Ley 28583 para otorgar preferencia a las empresas que operen naves construidas en astilleros nacionales en el otorgamiento de determinados permisos de operación y reservas de carga.
Ley N.° 32707
2026-07-04
Mediante la presente ley se establece el marco normativo para promover el desarrollo sostenible del turismo y del deporte náutico en el país, declarando de interés nacional el fomento de esta actividad. En ese sentido, regula las competencias de las entidades públicas involucradas, dispone la incorporación del turismo náutico en la planificación turística nacional y regional, promueve el desarrollo de infraestructura y la inversión para este sector, y establece medidas para facilitar el ingreso, permanencia y salida de embarcaciones turísticas extranjeras mediante procedimientos migratorios, aduaneros y marítimos simplificados.
Asimismo, regula el régimen de admisión temporal de embarcaciones destinadas al transporte turístico náutico, incorpora medidas de promoción para los deportes náuticos y modifica el régimen del impuesto anual aplicable a las embarcaciones náuticas, el cual entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
Ley N.° 32701
2026-07-04
Modifican el Decreto Legislativo N.° 776, Ley de Tributación Municipal y la Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad para extender a las personas con discapacidad severa el beneficio de deducir hasta 50 UIT de la base imponible del impuesto predial, siempre que sean propietarias de un único predio destinado a su vivienda, cuenten con el certificado de discapacidad correspondiente y sus ingresos brutos mensuales no superen una UIT. La ley entra en vigor el 1 de enero de 2027 y tendrá una vigencia inicial de tres años, salvo prórroga conforme a las normas tributarias aplicables.
Ley N.° 32702
2026-07-04
Declara de interés nacional el desarrollo, promoción y priorización de cuatro proyectos de infraestructura ferroviaria: (i) el Tren Puma (Puno–Juliaca–Arequipa), (ii) el Ferrocarril Huancavelica–Ica, (iii) el Ferrocarril Macusani–Azángaro–Juliaca–Puno–Ilave–Desaguadero y, (iv) el Ferrocarril San Juan de Marcona–Andahuaylas, con el propósito de fortalecer la integración territorial, la conectividad, la competitividad regional, el transporte de pasajeros y carga, y el desarrollo económico, logístico y turístico del sur del país.
Ley N.° 32704
2026-07-04
Modifican la Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad para disponer que los vehículos de transporte público terrestre incorporen espacios sensorialmente amigables, con reducción controlada de estímulos sensoriales, destinados a facilitar el uso del servicio por personas con trastorno del espectro autista (TEA), otras condiciones del neurodesarrollo y usuarios con alta sensibilidad sensorial. Asimismo, se establece que el servicio debe mantener niveles de sonido que no afecten a las personas con discapacidad y dispone la aprobación de un reglamento técnico para la implementación progresiva de estas medidas.
Resolución Ministerial N.° 365-2026-MINEDU
2026-07-04
El Ministerio de Educación dispuso la publicación del proyecto de Reglamento de Ley N.° 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo y de su exposición de motivos, con la finalidad de recibir sugerencias, comentarios y recomendaciones de entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general.
El plazo para presentar aportes es de quince (15) días calendario contados desde el 05 de julio de 2026.